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PROPUESTA DE PLAN REGULADOR TEMUCO.
En el marco de la “Modificación de los Planes Reguladores de Temuco y
Labranza”, presentamos documentos actualizados recientemente aprobados
por el Consejo Regional y que actualmente se encuentran en la fase de
aprobación por parte de Contraloría General de la República, por lo que
es un instrumento cuya aplicación legal será posible una vez publicado
en el diario oficial.
¿Qué es un Plan Regulador?
Un Plan Regulador es el instrumento de planificación local que define la
política de desarrollo y los planes para la distribución de la
población, usos de la tierra, vías de circulación, servicios públicos,
facilidades comunales, fraccionamientos, construcción, conservación y
rehabilitación de áreas urbanas.
¿Qué hace un Plan Regulador?
El Plan Regulador Comunal (PRC) zonifica el territorio, asignando usos
de suelo permitidos y prohibidos, con lo cual espacializa las
actividades en el territorio, lo que le permite determinar las zonas de
expansión de las áreas edificables, delimita las no edificables y las de
edificación restringida, establece las condiciones de uso de áreas que
presentan limitaciones, determina funciones urbanas, altera o mantiene
el estado natural de las áreas sobre las cuales se pronuncia, en cuanto
permite o no la opción de ejecutar edificaciones, la convivencia de usos
compatibles y no compatibles en las zonas definidas incidirán en las
condiciones de habitabilidad de la zona entre otras.
Otra área de competencia del PRC es establecer las normas de edificación
(Constructibilidad, porcentaje de uso de suelo, alturas, sistema de
agrupamiento, rasantes y densidad entre otras), con las cuales determina
los volúmenes edificables y su relación con el predio en que se emplazan
y los predios vecinos. Estas normas tienen incidencia en aspectos tales
como la imagen urbana, asoleamiento, intensidad de uso del territorio,
presión sobre uso de vías, modifica la relación de espacio público v/s
número de habitantes.
Junto a lo anterior el PR se pronuncia respecto de las condiciones de
urbanización, estructura vial en relación con su localización, la
concentración o atomización de las áreas verdes, incidiendo en aspectos
tales como la habitabilidad y calidad de vida, promoviendo la
conectividad de las diferentes áreas urbanas.
Por último el instrumento tiene injerencia en la
determinación y resguardo de las propiedades y sectores a los que se les
atribuye valor histórico, cultural y/o arquitectónico.
La Propuesta, la constituyen tres documentos básicos:
“Memoria Explicativa”, “Ordenanza Local” y “Planos”. Junto a ellos se
incluyen las “Factibilidades” Sanitaria y Vial y una serie de estudios
que sustentan las propuestas.
¿Cuál es el fin último de este Plan Regulador?
Hacerse cargo de un conjunto de problemas urbano territoriales que
manifiesta la comuna de Temuco, que redundan en una creciente
ineficiencia urbana, deterioro ambiental y pérdida de la calidad de
vida.
El Plan considera la ciudad como un escenario que debe
acoger esencialmente su condición de lugar para acoger la vida de sus
habitantes, permitiendo el arraigo y el encuentro social en condiciones
seguras y ambientalmente correctas. Resguardando estas condiciones, se
podrá desarrollar también la ciudad como oportunidad de negocio,
permitiendo así la sostenibilidad de las distintas actividades
económicas que la ciudad acoge, promoviendo la sustentabilidad tanto en
el tiempo como en cuanto a las distintas escalas de los desarrollos.
¿Cuáles son las principales diferencias que guarda con el actual, en
términos de normativas de ordenamiento territorial?
El actual instrumento se encuentra superado, no contando con regulación
en importantes sectores ya sea informalmente ocupados o que han sido
incorporados a la ciudad por la vía de arbitrarias normas de excepción
(Cambios de Uso de Suelo). El nuevo Plan aborda la totalidad de la
comuna, planteando una zonificación sensible a las complejas situaciones
y relaciones campo - ciudad, conciente por una parte del rol productivo
del mundo rural en contrapunto con su patrimonio cultural indígena y por
otra, de sus particulares ecosistemas así como los resguardos ante los
riesgos presentes.
El Plan actual no aborda temas como el importante déficit
de áreas verdes de nuestra ciudad (6,1 m2/habitante) ni su desbalanceada
distribución. El nuevo Plan establece por un lado los territorios para
futuros parques y por otro, plantea una estrategia de sistema de áreas
verdes que busca conectar las plazas y parques a través de avenidas y
vías que permitan una mayor forestación, generando así “ejes verdes” de
conexión, lo que permitirá elevar los estándares hasta 9 m2 por
habitante, como recomiendan las normas internacionales.
Lo mismo ocurre frente al tema de los equipamientos,
respecto de los cuales la norma vigente no establece criterio alguno. El
Plan propuesto define zonas especialmente diseñadas para estimular la
instalación y mejor distribución de los equipamientos, definiendo una
red de microcentros y fajas en torno a vías estratégicas (corredores)
buscando la autosuficiencia de los distintos barrios. Esto se fomenta
con mejores condiciones de constructibilidad y altura para aquellos usos
de suelo que se pretende promover.
Hoy la normativa no ofrece herramientas que permitan
asegurar una adecuada convivencia entre deferentes actividades,
intensidades y alturas de edificación, puesto que en sus normas no
considera claras discriminaciones entre usos incompatibles ni ofrece
restricción alguna respecto a alturas o constructibilidad. El Plan
propuesto aborda los negativos efectos del actual sistema regulatorio
local (Actividad productiva molesta junto a vivienda; edificios de gran
altura en calles menores y junto a vivienda unifamiliar; perdida de
edificación patrimonial y de identidad de los barrios; colapso vial,
entre otros), estableciendo, como lo instruye la actual legislación,
restricciones claras en términos de usos, alturas, densidades y toda
norma conducente a garantizar el sano desarrollo de los barrios de
nuestra ciudad.
Luego de 24 años de vigencia de la actual normativa, y
pese a que no plantea restricciones importantes de altura para el
centro, presenta hoy una altura media que no supera los cuatro pisos,
situación preocupante y evidencia un deterioro producto de un creciente
número de sitios eriazos o con uso de estacionamientos superficiales
(cerca del 15% a la fecha), lo que redunda en una fuerte sub-utilización
del suelo con la consiguiente pérdida en la calidad de vida del sector
(seguridad, imagen, habitabilidad, etc.). Buscando revitalizar el
centro, el nuevo instrumento favorece su densificación y repoblamiento,
premiando la vivienda con menores exigencias de estacionamientos, y
ampliando la actual “Zona de Renovación Urbana”.
Temuco manifiesta claras deficiencias viales (calles
saturadas, vías inconclusas, sectores mal conectados, inapropiados
diseños y trazados, insuficientes, etc.) donde vemos que el Plan
Regulador vigente no ha podido resolver las necesidad de conectividad de
la ciudad ni concretar tramos de importantes conexiones propuestas cuyos
diseños plantean grandes franjas de expropiación, las que no han podido
ser ejecutadas en más de dos décadas de vigencia del Plan. El Plan
propuesto busca recuperar el nivel de eficiencia vial para la cuarta
ciudad más grande de Chile. La idea central de la propuesta vial urbana
del Plan es, tomando la infraestructura vial existente, hacer que
funcione de manera sistémica mediante intervenciones preferentemente
puntuales, y por ende de un mayor grado de factibilidad. Para ello no
solo se ha efectuado un exhaustivo análisis y diagnóstico de la
situación vial y su relación con el crecimiento de la ciudad, sino que
también se ha incorporado un importante número de actores, aportes y
acuerdos en esa materia, buscando actuar en el marco de lo factible.
La propuesta interviene, ya sea normativa como
indicativamente, más de 180 calles, en a lo menos 240 tramos distintos,
estableciendo aperturas o ensanches. De estas propuestas, 115 tramos son
sobre la vialidad estructurante, por lo que es factible establecer
gravámenes obligatorios en términos de establecer áreas afectas a
declaratoria de utilidad pública. El resto corresponde principalmente a
intervenciones sobre la vialidad segundaria, lo que se traduce en
alrededor de 130 aperturas o ensanches voluntarios, que por su condición
indicativa, quedan incorporados a la Memoria Explicativa del Plan. Para
finalizar, el conjunto de las intervenciones en la conectividad de
Temuco, fue modelado por una consultora especializada externa, en el
“Estudio de Capacidad Vial Comuna de Temuco”, el cual establece como
conclusión que “La vialidad propuesta responde adecuadamente al
desarrollo urbano previsto en el nuevo Plan Regulador”.
Un Plan Regulador debe definir los destinos de la
“Vivienda” sobre el territorio, no siendo resorte de este hacer
discriminaciones, salvo aquellas referidas a su tipología edificatoria
(aislado, pareado, continuo) y su intensidad (densidad) y mixtura
(relación con otros usos). Bajo las actuales condiciones de
financiamiento público, no vemos forma de acoger plenamente este
segmento de la demanda en forma planificada, a pesar de que estamos
ciertos de que existe espacio suficiente y adecuado al interior de
nuestras ciudades para acogerla. En cuanto se destinan áreas con tal
fin, estas, en manos de las dinámicas del mercado imperantes, quedan
automáticamente excluidas al no poder acceder a los valores del suelo
que este determina.
Sin duda que este es un dilema que hoy preocupa al
estado, frente a cuyas política hoy somos muy críticos. Producto de de
lo anterior, Temuco ha emprendido un inorgánico crecimiento en
extensión, propiciando la segregación espacial de las viviendas
económicas, invadiendo valioso y escaso suelo agrícola, amenazando
nuestro patrimonio cultural y generando insostenibles deseconomías
urbanas, evidenciando preocupantes niveles de contaminación, quedando
nuestro actual Plan Regulador absolutamente obsoleto en términos de
territorio a regular (ha sido superado por numerosos desarrollos
formales e informales) y a su capacidad de manejar y dirigir los efectos
de este crecimiento sobre el territorio rural.
Estamos expectantes ante la prometedora aplicación
del “Subsidio de Localización”, recientemente anunciado por la cartera
de Vivienda, diseñado precisamente para contrarrestar el perverso
escenario que esta vivienda debe enfrentar para lograr insertarse en
ciudades intermedias y mayores. En este escenario el Plan Regulador en
trámite plantea un criterio diferente de abordaje del territorio,
incorporando dentro de su límite urbano, no solo las áreas a urbanizar,
sino también todas aquellas involucradas en los efectos de estos
procesos.
¿Cuál ha sido el proceso de aprobación de este Plan Regulador?
Luego de cinco años de estudios técnicos para modificar el actual Plan
regulador, en el que de acuerdo a la metodología creada se han dado las
instancias de participación de toda la ciudadanía, se presentaron dos
anteproyectos dando paso al desarrollo del proyecto propiamente tal
conducente a obtener el nuevo Plan Regulador de Temuco y Labranza.
A partir de este “Proyecto”, la tramitación formal considera la
participación ciudadana y evaluación de impacto ambiental como primeras
fases. De acuerdo a la legislación vigente, el Concejo Municipal se
incorpora al proceso con el propósito de convocar a la ciudadanía a una
instancia de participación formal a través de audiencias públicas
anunciadas por la prensa mediante dos avisos, y mediante cartas
certificadas a todas las organizaciones territoriales, es decir, juntas
vecinales, comités de vivienda, clubes, etc., invitando por escrito e
informando de las principales propuestas para cada barrio.
El 5 de octubre del 2005 en sesión de la COREMA concluye el proceso de
evaluación ambiental del proyecto donde se aprueba por votación unánime
la “Declaración Ambiental” de las modificaciones a los Planes en
tramitación, que mediante el documento oficial de “Resolución Exenta Nº
180 del 5.10.2005 Ambiental Favorable”, la que cierra el proceso de
evaluación ambiental del proyecto que nos permite pasar a las siguientes
fases de la tramitación.
La Resolución Ambiental Favorable da lugar a un cronograma de
actividades con tiempos oficiales establecidos por ley para desarrollar
la participación ciudadana que establece el proceso, partiendo por
consultar la opinión del CESCO y distribuyendo y exponiendo el proyecto
y la resolución a la comunidad, rematando la etapa con una audiencia
pública encabezada por el Concejo Municipal. Como resultado de este
proceso, a fines del año 2005 se recibieron 65 cartas conteniendo un
total de 237 consultas, propuestas u observaciones, ante las que la
actual administración municipal y la Comisión de Vivienda del Concejo
Municipal, abrió un espacio de discusión que tuvo como objetivo se
resolvieran las controversias planteadas por este, entre las que la
totalidad de los temas fueron abordados estableciéndose los acuerdos
pertinentes en sesión de Concejo del día lunes 18 de Diciembre de 2006,
según consta en acta respectiva.
Luego de la aprobación unánime del Concejo Comunal en sesión del 19 de
diciembre de 2006, y el decreto de aprobación del 17 de enero de 2007,
el instrumento, en adelante el “Proyecto”, inicia un proceso de
tramitación externa al municipio, cuyos hitos se presentan a
continuación:
18 de enero de 2007 se envía expediente del “Proyecto” a la
SEREMI MINVU, mediante Ord. Nº 126 de esa fecha, para su correspondiente
revisión.
09 de marzo de 2007, el MINVU emite el “Informe Técnico Nº 10” e
“Informe Jurídico” correspondiente, con observaciones al “Proyecto”,
mediante Ord. Nº 262 de esa fecha.
30 de marzo de 2007 el municipio envía a la SEREMI de la Vivienda
y Urbanismo mediante Ord. Nº 661, informe técnico de respuestas a
observaciones contenidas en “Informe Técnico Nº 10” e Informe Jurídico
correspondiente.
10 de abril de 2007 el MINVU cierra la fase de revisión,
emitiendo Informe Técnicos Nº 15 e Informe Jurídico, pronunciándose
favorablemente respecto del “Proyecto”
11 de abril de 2007 MINVU envía expediente completo del
“Proyecto” al Sr. Intendente y Ejecutivo Gobierno Regional de la
Araucanía mediante Ord. Nº 383 de esa fecha.
25 de junio de 2007 el Consejo Regional, en sesión Nº 59, aprueba
el “Proyecto”.
12 de julio de 2007 el Gobierno Regional de la Araucanía aprueba
el “Proyecto” en resolución Nº 085.
El mismo mes, el Gobierno Regional despacha expediente del Proyecto a
Contraloría Regional, quién a su vez, lo remite a Contraloría General de
la República en Santiago, para la correspondiente toma de razón.
En la actualidad el Municipio se encuentra a la espera de que se
finalice el proceso de revisión del organismo antes mencionado, para que
a la luz de su resultado, se resuelvan eventuales observaciones o se
proceda a su publicación en el Diario Oficial para su entrada en
vigencia.
Consultas
Los Planes Reguladores se encuentran insertos en el quehacer de la
Secretaría Comunal de Planificación de este Municipio, labor que recae
en la responsabilidad técnica del Asesor Urbanista, don Sergio Sepúlveda
Perez. La propuesta propiamente tal ha sido conducida por el Arquitecto
Director del Plan, don Bruno Wörner, quién en la actualidad se
encuentra disponible para aclarar las dudas o consultas que respecto del
instrumento en trámite pudieran existir.
Archivos adjuntos son los siguientes
Memoria Explicativa
Portada Memoria Explicativa_R-11.pdf
INDICE MEMORIA R-11.pdf
CAP1 R-11.pdf
CAP2 R-11.pdf
CAP3 R-11.pdf
CAP4 R-11.pdf
CAP5 R-11.pdf
CAP6 R-11.pdf
CAP7 R-11.pdf
ANEXO_VIALIDAD R-11.pdf
Ordenanza Local
Portada Ordenanza Local_R-11.pdf
Ordenanza Local R-11.pdf
Planos
PRC_01.wmf
PRC_02-a.wmf
PRC_02-b.wmf
PRC_02-c.wmf
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