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Extracto Decreto n°600, 28 abril 1997:
Prohíbase desde el 01 de mayo de 1997 la circulación, el
estacionamiento, la carga y descarga de vehículos cuya capacidad de
carga sea superior a 1.750 kg. en el perímetro comprendido al interior
de las calles:
1. Balmaceda entre Av.
Caupolicán y Av. B. Arana.
2. Barros Arana entre Av. Balmaceda y A. Varas.
3. A. Varas entre Av. Barros Arana y Gral. Mackena.
4. G. Mackena entre A. Varas y Av. San Martín.
5. Av. San Martín entre G. Mackena y Av. Caupolicán.
6. Av. Caupolicán entre Av. San Martín y Av. Balmaceda.
Por lo que se encuentran estas arterias o tramos de ellas excluidas de
la prohibición señalada.
El Horario de la prohibición señalada será desde las 08:00 a las 20:00
hrs., incluidas, de Lunes a Viernes, los días Sábados, la prohibición
alcanzará hasta las 15:00 hrs.
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