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Obras municipales
DIRECCIÓN DE OBRAS
MUNICIPALES
Esta unidad tiene las siguientes funciones:
Velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcción,
del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para
cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
1.- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y predios –
rurales.
2.- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de
construcción.
3.- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el
número anterior.
4.- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su
recepción.
5.- Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
6.- Fiscalizar obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las
disposiciones legales y técnicas que las rijan.
7.- Aplicar normas ambientales relacionadas con las obras de
construcción y urbanización.
8.- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de
urbanización y edificación realizadas en la comuna.
9.- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal,
sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y en general,
aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la
comuna.
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